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BOLO
PISUERGA
REGLAMENTO
El campo de juego
El
juego de bolos estilo Llano o del País, se desarrollará
en una pista o bolera cuyas medidas mínimas serán
de 25 x 6 m. En todo caso la competición deberá
adaptarse a las boleras existentes en las localidades donde
se celebren los encuentros, que no hayan sido manipulados,
o alomados o regados.
En cualquier caso deberá estar marcada la caja de 1,70
x 1.70 m. donde se colocarán los bolos con una separación
de 0,85 m. entre ellos.
Así mismo podrán colocarse estacas de un diámetro
de base de 8 cm. a ras de suelo con el fin de que puedan pinarse
correctamente los bolos
Los Pates, “Patos” o zonas de lanzamiento se señalizarán
en línea recta con la calle del medio, a la siguiente
distancia:
- De arriba o subir a 10 mts. del bolo centro.
- De bajar a 9 mts del bolo centro.
La señalización se efectuará marcando
en el suelo una escuadra, no pudiendo sacar el pie del Pate
en el momento de lanzar.
El Material
El número de bolos será de 10:
- 9 bolos colocados en la caja a una distancia de 0,85 mts.
entre ellos, siendo la longitud de éstos de 60 cm.
-
1 bolo denominado CUATRO O MICHE, que estará colocado
a 25 cm. del bolo encimero de la calle del medio.
El diámetro de los bolos no podrá exceder de
6 centímetros de base.
Las bolas serán con llave, esféricas, participando
cada jugador con las suyas, aunque el equipo local tendrá
que poner sus propias bolas a disposición del contrario.
El diámetro de las bolas no podrá exceder de
33 cm.
Reglas del juego
- Todos los bolos valen 1 punto, excepto el del medio que
derribado solo vale 2, y el Cuatro o Miche que derribado con
otros bolos vale 4, mientras que no puntúa si se tira
solo
- Los equipos estarán compuestos por cuatro jugadores.
- Sorteado el orden de lanzamiento, tirarán para arriba
cada uno de los jugadores de un equipo, haciéndolo
a continuación para abajo.
- La competición consistirá en 2 partidas de
3 juegos cada una.
- El equipo que obtenga el mayor número de puntos será
el ganador.
- Si un equipo no se presentase a jugar, será considerado
perdedor por incomparecencia, siendo descalificado posteriormente
en caso de reincidencia
- Para pinar los bolos, tendrá que ser el equipo que
tira el encargado de hacerlo, estando previsto en cualquier
jugador antes de lanzar la bola pueda indicar al pinador que
efectúe alguna corrección, dentro de los límites
normales, pero siempre sin sacar el bolo de la base de la
estaca.
- Toda bola que haya sido lanzada, no podrá ser repetida,
salvo caída los bolos por el viento o inclemencia del
tiempo, o si faltase algún bolo que pinar.
- Cualquier bola que no entre por caja, será considerada
nula, devolviéndose sin jugar para abajo.
- Si una bola entra en caja, pero no llega a la hilera posterior
de bolos, será también nula devolviéndose
sin jugar para abajo, no contabilizándose los bolos
que haya realizado para arriba.
- Al lanzar la bola, los jugadores no podrán mover
el pie del lugar señalado al efecto en los Pates, pudiendo
por la inercia del lanzamiento sobrepasar dicha línea,
siempre que previamente se haya soltado la bola.
- Todos los lanzamientos serán desde los Pates centrales,
no valdrán otras variantes.
Regla 1.
El terreno de juego
1.1.-
El terreno de juego es una superficie lisa, preferentemente
de tierra, delimitada con tablones en sus extremos para evitar
que las bolas se salgan del espacio de juego.
1.2.- Las medidas serán de 25 metros
de largo por 6 de ancho, dejando a los lados una zona de seguridad
de 1 metro a cada lado.
1.3.- Los espectadores no podrán invadir
el terreno de juego.
1.4.- Los lanzamientos a los bolos se efectuarán
desde dos posiciones. La primera, o jugada de tiro, se efectuará
desde la esquina formada por la caja de los bolos. La jugada
de birle, se realizará desde el CURA, que estará
colocado a una distancia de ONCE pasos desde el bolo colocado
en el centro de la caja.
1.5.- Se marcarán unas rayas en el
suelo al lado de cada una de las dos posiciones anteriormente
descritas. Estas rayas no podrán ser pisadas por las
jugadoras, de acuerdo con lo que se dispone en la regla 4.6.
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